¿Tengo derecho a alguna indemnización?
Aunque el Reglamento reconoce en caso de retrasos superiores a 5 horas el derecho a indemnizaciones en función de la distancia, dadas las circunstancias de este hecho, las compañías podrán aducir para no hacer frente a estas indemnizaciones el motivo eximente de “fuerza mayor”, con bastantes posibilidades de que sea aceptado. Si deben ofrecerle la doble oportunidad: bien la devolución del importe, bien la reubicación en otro vuelo con el mismo destino.
¿Si yo hice el vuelo dentro de un paquete turístico, qué derechos tengo?
La agencia de viaje con la que contrató debe devolverle el importe íntegro del paquete turístico no disfrutado. Luego podrá repercutirlo contra los responsables del caos, pero la devolución debe ser íntegra.
¿Me tienen que devolver el importe del viaje de vuelta si no he podido hacer el de ida?
Por supuesto. La devolución del importe debe hacerse de ambos billetes. Si no es así hay que dejar constancia en una reclamación ante la compañía.
¿Debo dar los originales a la compañía si me los pide para devolverme el importe?
Sí, pero es importante haber dejado constancia previamente en la reclamación ante AENA (y, si la ha hecho, ante la compañía) y guarde una fotocopia de los billetes pedidos.
¿Qué hace la OCU en esta situación?
La OCU ha puesto en marcha dos acciones judiciales concretas:
Por un lado una acción por la vía penal contra los responsables del delito (en este caso los controladores aéreos): denuncia ante la Audiencia Nacional con el fin de determinar quienes fueron responsables de los presuntos delitos que entiende que se han cometido, solicitando la personación de la OCU con el fin de plantear las diligencias que según avance el procedimiento estime oportunas.
Por otro, una reclamación contenciosa administrativa contra AENA en tanto en cuanto se ha producido un funcionamiento anormal de los aeropuertos nacionales.
No es posible calcular la duración aproximada de estas acciones, pero lo que si es cierto es que la solución no va a ser inmediata.
¿Qué documentación necesito para hacer valer mi reclamación?
Es importante tener disponible la siguiente documentación:
Denuncia interpuesta ante AENA (y, si se tiene, ante la compañía).
Justificación de cualquier gasto hecho con motivo de esta situación: billetes del vuelo perdido, tiques de restauración, recibos de taxis, facturas de hotel, etc.
Si se hizo a través de una agencia: contrato y folleto publicitario que incluya la oferta perdida.
¿Cómo puedo sumarme a la acción de la OCU?
Quien desee incorporarse a las acciones de reclamación de la OCU, puede obtener más información en informacion@ocu.org indicando en el asunto del email "Acción controladores".
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