La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, a propósito del plante de controladores durante el pasado puente de la Constitución, recuerda que en relación a las posibles indemnizaciones de los usuarios se están desarrollando conductas claramente tipificadas en la Ley como desleales.
• Dichos comportamientos, que se producen de manera temeraria y aventurera al calor del conflicto, llegan a ofrecen indemnizaciones universales de 10.000 euros para los perjudicados con independencia de los daños sufridos y obviando la práctica habitual de los Tribunales.
• ASGECO Confederación recuerda que esta conducta se reputa como desleal en la Ley 3/1991, que indica como tal “todo comportamiento que resulte objetivamente contrario a las exigencias de la buena fe”, añadiendo que en las relaciones con consumidores y usuarios se entenderá “contrario a las exigencias de la buena fe el comportamiento de un empresario o profesional que utilice una práctica comercial para mermar de manera apreciable la capacidad del consumidor de adoptar una decisión con pleno conocimiento de causa”.
• Dichos comportamientos añaden desde el inicio del conflicto un elevado número de perjudicados como clientes y pueden inducir deslealmente a muchos usuarios a contratar con los profesionales que hacen la oferta.
• Desde ASGECO Confederación creemos que no se deben enviar a los usuarios mensajes irreflexivos y carentes de toda lógica con el único objetivo de perseguir beneficios económicos.
• ASGECO Confederación está estudiando posibles acciones judiciales, pero recordamos que el plazo para el ejercicio de las reclamaciones es de un año, y es conveniente ver cómo se configuran determinadas acciones, como la de la Fiscalía, antes de tomar dediciones precipitadas que no llegarán a buen fin.
http://www.asgeco.org/index.php?option=com_content&task=view&id=871&Itemid=1
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